Condenada a más de 30 años de cárcel la pareja que violó a sus hijas y lo grabó en Gran Canaria

La sentencia considera «evidente» que utilizaron a las menores para la elaboración de más de cien archivos de pornografía infantil

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Las Palmas ha condenado a penas de 36 y 33 años de cárcel a la pareja que violó a sus dos hijas y las grabó para la elaboración de más de cien archivos de pornografía infantil en Gran Canaria. La sentencia, notificada este lunes, considera «evidente» que el padre utilizó a su propia hija y a la de su novia, de cuatro y cinco años de edad, para obligarlas a realizar conductas sexuales; así como que la madre de una de las menores participó de forma activa en estos encuentros y contribuyó a la creación de los vídeos.

Los nombres e imágenes de los penados no se han hecho públicos porque así lo estableció el tribunal durante el juicio, con el fin de que no se pueda identificar a las víctimas debido al estrecho vínculo de parentesco que las une con sus agresores. El fallo considera que los actos ejecutados por los encausados «constituyen un objetivo y evidente ataque contra la libertad sexual de las menores con ausencia de consentimiento» debido a la edad que tenían las niñas en ese entonces.


Se considera demostrado que el acusado, defendido por el letrado José Miguel Ibáñez, cometió los hechos desde octubre de 2019 hasta principios de junio de 2022 movido por su atracción sexual hacia las menores. Ocurrió, continúa la resolución judicial, cuando su hija se encontraba con él en cumplimiento del régimen de visitas, momentos que aprovechó para mantener relaciones con ella de forma reiterada.

Intervención de su pareja

En al menos una de esas ocasiones también intervino su pareja, representada por el abogado Juan Rafael Martín Hernández, como se reflejó en las imágenes incautadas en los dispositivos electrónicos. El tribunal considera «evidente» la participación activa de la mujer, ya que las grabaciones se realizaron a muy poca distancia, pero no ve continuidad en las acciones ilícitas con la hija de su expareja. Lo que sí estima es el carácter reiterado de los encuentros que ambos mantuvieron con la hija de ella.

«Asimismo, los acusados elaboraban archivos informáticos de imagen y de video (audiovisuales) grabando tales actos sexuales de las referidas menores; almacenando y conservando el acusado dicho material en sus dispositivos informáticos», determina la Audiencia Provincial. El penado empezó a ser investigado después de presentarse en dependencias policiales como un perito informático que había hecho un trabajo de lucha contra la pedofilia.

El tribunal «no alberga dudas» sobre su participación en los abusos continuados

El tribunal califica los hechos como constitutivos de dos delitos continuados de abusos sexuales con acceso carnal y de dos delitos reiterados en el tiempo de utilización de menor para la elaboración de pornografía infantil. «Sobre la realización de los hechos por parte del acusado y que se desarrollaron del modo descrito, no alberga dudas el tribunal, pues así se desprende de la prueba practicada en el juicio oral», concluye.

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